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    Miss Universo o Miss...oginia?

    Excelente espectáculo! ésto si que debería expandirse por el mundo: la denuncia de la explotación del cuerpo de la mujer y su objetivación... y de pasadatambién los abusos de poder, corrupción, violaciones sexuales y de derechos humanos... Felicidades Jesusa por éste evento! queda claro que la resistencia SI puede ser distinta y con humor.
     

    Acto de protesta por el concurso mundial de belleza, encabezado por Jesusa Rodríguez

    Miss Realidades 2007, pasarela de las más aborrecidas, no de las más bellas

    JUAN JOSE OLIVARES

    Jesusa Rodríguez y las concursantes de Miss Realidades 2007
    Jesusa Rodríguez y las concursantes de Miss Realidades 2007 Foto: Marco Peláez

    Esta vez no se trató de ver quien tenía el mejor cuerpo, la más bella cara, las respuestas más convincentes, sino ser la más aborrecida, las más abucheada por la gente. Se trató del certamen Miss Realidades 2007, acto organizado en el hemiciclo a Juárez por la actriz Jesusa Rodríguez, entre otras organizaciones de defensa de la mujer en protesta por la realización del concurso Miss Universo, que se llevó a cabo anoche en el Auditorio Nacional.

    "Elija a su Miss-erable", anunciaba Jesusa, quien actuó como maestra de ceremonia, mientras desfilaban algunas (más bien algunos, ya que las participantes eran hombres) de las misses más relevantes del momento. Presentó a Miss Soberanos Cacahuates, a quien interrogó sobre cómo mueren las mujeres violadas de gastritis. Le siguió Miss Norberta, a quien preguntó si las mujeres podrían oficiar misa. "Ellas sólo deben atender a los hombres y quedarse en casa", respondió esta concursante.

    Mentadas y rechiflas

    Continuó el desfile con Miss Tamales Azules, una participante dirigente del partido blanquiazul; Miss Ojeis, llamada Elba Esther; Miss Celánea Fiscal, de apellido Carstens; Miss Sionero Monseñor Abascal; Miss Carita Peña Nieto, a quien se le cuestionó sobre las mujeres violadas en San Salvador Atenco; Miss Soginia Córdoba Villalobos; Miss Santropa Slim, "la cucaracha más millonaria"; Miss Mota, quien habló de sus "amoríos con un pelele"; Miss Mamente, concursante que se fue a su rancho en San Cristóbal, y no podía faltar Miss Espuria, la mayor "pelela". Ninguna se salvó de las mentadas de madre y las rechiflas.

    Al transcurrir el desfile y al escuchar los gritos y demandas como "ni fea ni hermosa, la mujer no es una cosa", cada vez más gente se congregaba para presenciar el certamen, en el que también se leyó una carta dirigida a las participantes de Miss Universo. La activista Pilar Muriedas leyó parte de la misiva: "Mientras están nerviosas por saber quién de todas será elegida, nosotras hemos venido a este lugar a denunciar la situación adversa que enfrentan las mujeres de México. Hoy en muchas partes del planeta, conmemoramos el Día de Acción por la Salud de las Mujeres. Ustedes han paseado por diversas partes de nuestro país y seguramente nadie les ha mencionado, por ejemplo, que mueren mil 300 mujeres durante su proceso de gestación por causas que se evitarían si el gobierno tuviera voluntad política para destinar recursos para atender mujeres en las zonas más pobres".

    Además de las tristemente célebres participantes en el gabinete, pisaron la pasarelas auténticas mujeres, quienes representaron a otro tipo de "misses", tales como Miss Sexualidad, Miss Derechos Humanos. Miss Maternidad Voluntaria, Miss Aborto Seguro, entre otras.

    Al final del concurso, que ganó Miss Norberta, Jesusa Rodríguez comentó: "La violación en México es uno de nuestro mayores problemas. Hay una educación de violadores y eso le debe agredir a los hombres que no lo son. Los hombres son los que más deben oponerse a que esto ocurra en el país, y por eso el concurso de Miss Universo es simplemente un negocio de explotación de mujeres, como pudiera ser un prostíbulo o un matadero de animales, es algo tan antiguo y dicho de muchas formas que solamente las televisoras y empresas dedicadas al negocio de la explotación de personas pueden seguir apoyando algo así".

    En el acto participaron además de Rodríguez y Liliana Felipe, Foro DF, Fundar, Mexfam, Kinal ant´setik, CIMAC, Equidad de Género, SIPAM, Católicas por el Derecho a Decidir y GIRE.

    http://www.jornada.unam.mx/2007/05/29/index.php?section=espectaculos&article=a09n1esp

    Legalidad tras el aborto (primera de tres)

     
    Del Semanario Proceso, éste reportaje. Aqui, la primera parte
     
    Legalidad detrás del aborto (Primera de tres partes)
    maría de la luz tesoro

    México, D.F., 28 de mayo (apro-cimac).- El ejercicio de la medicina y de sus disciplinas auxiliares consiste en salvaguardar la salud, y si el funcionario o médico del IMSS se niega terminante e injustificadamente a realizar un aborto, o participar en alguna intervención relacionada con el mismo, incurre en flagrante violación al artículo 47, fracción I de la ley federal de responsabilidades de los servidores públicos.

    Lo anterior quedó de manifiesto en el estudio que, sobre la reforma al Código Penal del Distrito Federal en materia de aborto, realizó el penalista Raúl Carrancá y Rivas, quien asegura que el criterio del director del Instituto Mexicano del Seguro Social, Juan Molinar Horcasitas, respecto de no permitir la interrupción del embarazo en las dependencias a su cargo, es insustancial y contrario a derecho.

    Esto se fundamenta en que las reglamentaciones internas de institutos, centros de salud o de atención hospitalaria, no pueden rebasar la competencia de la ley arriba mencionada, así como las leyes General de Salud; de Salud para el Distrito Federal; de Asociaciones Religiosas y Culto Público, y el Código Penal Federal.

    Respecto de la ley de responsabilidades de los servidores públicos, precisa que en el artículo 47, fracción I, prescribe como obligación para el burócrata: “Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto y omisión que cause la suspensión o deficiencia de dicho servicio”.

    Para el penalista, un médico o prestador de salud del IMSS debe acatar dicha obligación, excepto que invoque con razón suficiente la objeción de conciencia, ya que el servicio encomendado, en los términos de la ley referida, no se reduce exclusivamente a la realización del un aborto.

    Agrega que la ley “habla de suspensión o deficiencia en el servicio encomendado, por lo que es de entenderse que se hallan prohibidos la negativa obviamente injustificada (objeción de conciencia) o el comportamiento (lo que es deficiencia) que no alcance el nivel considerado normal y que tenga algún defecto o falta, o bien que peque de incompleto”.

    Así mismo, el doctor Carrancá y Rivas advierte que “una negativa rotunda en la especie equivaldría a una omisión culpable y causante de suspensión o deficiencia en el servicio correspondiente”.

    En su análisis que presentó al diputado Jorge Carlos Díaz Cuervo, integrante de la Comisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa, el penalista indica que la Ley General de Salud, en su artículo 469, sanciona severamente con seis meses a cinco años de prisión, además de multa:

    “Al profesional, técnico o auxiliar de la atención médica que, sin causa justificada, se niegue a prestar asistencia a una persona, en caso de notoria urgencia, poniendo en peligro su vida”.

    Las condiciones

    En este punto, Raúl Carrancá advierte dos condiciones (factores sine qua non del tipo penal): la causa justificada y la notoria urgencia, entendiéndose por la primera la objeción de conciencia, y por la segunda que el solicitante presente un estado de extrema gravedad. En el caso que nos ocupa, el de una mujer con fuerte hemorragia por haberse provocado el aborto.

    En cuanto a la Ley de Salud para el Distrito Federal, en su artículo 16 Bis 7, destaca que:

    “Los prestadores de los servicios de salud a quienes corresponda practicar la interrupción del embarazo en los casos permitidos por el nuevo Código Penal para el Distrito Federal, y cuyas creencias religiosas o convicciones personales sean contrarias a tal interrupción, podrán ser objetores de conciencia… Cuando sea urgente la interrupción del embarazo para salvaguardar la salud o la vida de la mujer, no podrá invocarse la objeción de conciencia”.

    En cuanto al Código Penal Federal, que precisa en el artículo 228, fracción I. “Los profesionistas, artistas o técnicos y sus auxiliares, serán responsables de los delitos que comentan en el ejercicio de las prevenciones contenidas en la Ley General de Salud o en otras normas sobre el ejercicio profesional, en su caso:

    I. Además de las sanciones fijadas para los delitos que resulten consumados, según sean dolosos o culposos, se les aplicará suspensión de un mes a dos años en el ejercicio de la profesión o definitiva en caso de reincidencia.

    Por lo tanto, señala Carrancá, si un médico, dentro de la jurisdicción que sea, no atiende a una mujer en situación de extrema urgencia puede incurrir en un delito de omisión culposa.

    El penalista Raúl Carrancá y Rivas también sostiene que en la Constitución mexicana no hay un solo artículo, entre los primeros 29 que corresponden a las garantías individuales, que se refiera a la vida embrionaria o, más aún, a la vida in extenso.

    “La Carta Magna, única y exclusivamente consagra y protege de manera tácita las manifestaciones de la vida o de la existencia de las personas, de los individuos reales y no viables”, puntualiza.

    http://www.proceso.com.mx/noticia.html?sec=0&nta=50995&nsec=

    Legalidad detrás del aborto (segunda de tres)

     
     
    Del semanario Proceso, la segund de tres partes de éste reportaje.
     
     
     
    Legalidad detrás del aborto (Segunda de tres partes)
    maría de la luz tesoro

    México, D.F., 28 de mayo (apro-cimac).- La “objeción de conciencia”, nombrada reiteradamente en el debate sobre la interrupción del embarazo, es una negativa a realizar actos o servicios invocando motivos éticos o religiosos, mismos que suelen acomodarse a los grandes movimientos o transformaciones culturales de la historia, advierte el doctor Raúl Carrancá y Rivas.

    En el estudio que el catedrático presentó acerca de la reforma al Código Penal del Distrito Federal en materia de aborto, el penalista menciona la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público:

    En su artículo primero, esta ley señala que “las convicciones religiosas no eximen en ningún caso del cumplimiento de las leyes del país. Nadie podrá alegar motivos religiosos para evadir las responsabilidades y obligaciones prescritas en las leyes”.

    Y distingue entre objeción de conciencia, convicciones religiosas o motivos religiosos.

    Explica que la convicción es un convencimiento y, por lo tanto, es razonar, o sea, sostener o probar algo de manera que racionalmente no se pueda negar; motivo es la causa o razón que mueve para algo.

    Y objeción es un concepto del tema que lo ocupa y que va acompañado de la palabra conciencia, calificándola.

    Aclara que conciencia es la prioridad del espíritu humano de reconocerse en sus atributos esenciales y en todas las modificaciones que en sí mismo experimenta.

    Raúl Carrancá indica que para la psicología tener conciencia es un acto psíquico --concentración del ánimo en un sentimiento o disposición--, una manera de sentir y que atañe fundamentalmente al espíritu.

    No se desconoce que la conciencia lleva consigo un conocimiento reflexivo de las cosas, pero ya diluido en la sustancia espiritual y, en consecuencia, se trata de las “razones del corazón” de las que hablaba Pascal.

    “La famosa objeción de conciencia es una negativa a realizar actos o servicios invocando motivos éticos o religiosos; sin olvidar que lo ético y lo religioso son siempre materia movediza que se suele acomodar, si vale el término, a los grandes movimientos o transformaciones culturales de la historia. No son iguales, por ejemplo, la ética cristiana y la ética islámica”, subraya.

    En su análisis, Carrancá y Rivas considera que en la objeción de conciencia se entremezclan distintos y ricos componentes. En ella no predomina la razón pura, estricta, ni tampoco el mero “sentimiento espiritual”, se objeta algo, una ley, un mandato por aquellas “razones del corazón”.



    No obstante y al margen de lo anterior, que no en contra, dicho funcionario tiene la inexcusable obligación de atender directamente al aborto o de orientar y aconsejar a la solicitante, de lo contrario le acarrearía una grave responsabilidad de carácter penal.

    Lo anterior porque se contravienen las leyes federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, General de Salud, de Salud para el Distrito Federal.

    Expresión de laicidad

    La primera parte del artículo 145 del nuevo Código Penal para el Distrito Federal no obliga a nadie a interrumpir el embarazo, porque es facultativa o potestativa, lo que la convierte en una expresión legal, jurídica, del Estado laico mexicano, asevera en su análisis.

    Carrancá y Rivas agrega que, en un Estado laico, tan grave sería obligar a abortar a las mujeres que no quieran hacerlo como criminalizar a las que decidan llevarlo a cabo, volviéndolas delincuentes, toda vez que atenerse a la conciencia propia es la mejor garantía de libertad individual y social.

    El penalista reconoce que la objeción de conciencia es una figura jurídica fundamental, que puede o no ser atraída por la ley, como ocurre con la fracción IX del artículo 15 del Código Penal federal.

    “Definiría esa figura, que tiene hondas raíces en la filosofía del derecho, como la manifestación expresa de la conciencia individual que rechaza una ley o disposición legal, y también una disposición de carácter político, cuando atenta contra las propias convicciones morales, de conciencia, de la persona”, concluye el profesor emérito de la UNAM.

    Legalidad detrás del aborto (Tercera y última)

    Del semanario Proceso, la tercera entrega de éste reportaje.
     
    Legalidad detrás del aborto (Tercera y última)
    maría de la luz tesoro

    México, D.F., 28 de mayo (apro-cimac).- En el mundo occidental, el tema de la liberación del aborto ocupa un sitio privilegiado en el debate de las ideas, por lo que debe analizarse con gran cuidado para no dejar espacios abiertos que permitan críticas insanas, tendenciosa y, por supuesto, cargadas de fanatismo, aseguró el doctor Raúl Carranca y Rivas.

    Agregó que, por tal virtud, la primera parte del artículo 145 del nuevo Código Penal para el Distrito Federal (DF), relativa al aborto, corresponde a una probada y demostrada tradición de laicismo, libertad de creencias y separación entre iglesia y Estado.

    El penalista precisó que, por liberalización, se debe entender la posibilidad de ampliar los tipos penales en los códigos, con el objeto de dar cabida a figuras abortivas, como el aborto por razones económicas, psicológicas y genéticas, por citar algunas causas.

    Dijo que es una tendencia equivocada y una barbaridad jurídica trasladar el aborto de los códigos penales a los civiles. Al margen de las distintas definiciones que ofrezca el Derecho Civil, el aborto es la muerte, la privación de la vida del producto de la concepción, acotó.

    Carrancá informó que el aborto ya ha sido descriminalizado en países como Canadá, China, Togo, Cuba y Vietnam. Dijo que en Canadá se alega que es inconstitucional su penalización, debido a que viola la libertad y la seguridad de las mujeres.

    En el estudio sobre las reformas que presentó a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), el catedrático emérito de la UNAM señaló que “la Constitución recoge en sus artículos 3 y 24 principios rectores de nuestra vida pública y social, cuyo desconocimiento o renuncia equivaldría a derruir los cimientos de la República”.

    Por eso, añadió, “la grey católica, lo mismo que otros grupos creyentes y de iglesias, respetables en sus convicciones a condición de que no las quieran imponer a nadie, no tienen mayor motivo de alarma ni de impugnación de la nueva norma, pues la pueden e, incluso, la deben someter a su propia conciencia”.

    Explicó que el artículo 3 constitucional sienta los principios que deben regir todo proceso no sólo educativo, sino de difusión de ideas en una sociedad libre y exenta de fanatismo.

    Por ende, descartó la imposición a ultranza de otros puntos de vista, convicciones, ideas, creencias, porque la “ideología de la República, profundamente liberal, garantiza y tutela el ejercicio constante del libre albedrío”.

    El doctor en derecho penal aseguró que “el país tiene una conciencia y un espíritu que dimanan de la norma constitucional del artículo 3 que, vinculado al 24, orienta la evolución moral del pueblo”.

    La Constitución, aseguró, educa y refleja una “paideia (educación) jurídica” que forma y va formando la conciencia del gobernado, del ciudadano.

    Dijo que, mal interpretado, el inciso c) de la fracción II del artículo 3, se podría prestar a confusiones, “pero en realidad se refieren al ser humano real, en concreto a la o el gobernado y a la o el ciudadano, y no al embrión ubicado en el vientre materno”.

    Para Carrancá, no ha sido capricho de facciones, partidos políticos o grupos privilegiados el proclamar y sostener la separación entre la Iglesia y el Estado, ya que el sólo enunciado del artículo 24 de la Constitución es por sí elocuente, al señalar que “todo hombre es libre para profesar la creencia religiosa que más le agrade… siempre que no constituya un delito o falta penados por la ley”.

    En el texto del estudio, presentado al integrante de la Comisión de Gobierno de la ALDF, Jorge Carlos Díaz Cuervo, el abogado explica que toda creencia religiosa, la que sea, depende de la libertad. Contrario a la razón y al Derecho sería querer imponerla, añade.

    Subraya que la posible imposición de una creencia, a través de medios directos o indirectos, tácitos o expresos, viola el contenido de la norma constitucional. Más aún, descarta el mandato de la Carta Magna y puede ser constitutivo de delito, afirma.

    Carrancá cita en su estudio que la primera parte del artículo 145 del Código Penal para el Distrito Federal, relativa al aborto, corresponde plenamente a una probada y demostrada tradición de laicismo, libertad de creencias y separación entre Iglesia y Estado, que es la mejor garantía para la libertad moral. La del aborto no es una disposición legal impositiva, añade.

    http://www.proceso.com.mx/noticia.html?sec=0&nta=51003&nsec=

    Sobre el "combate" al narco

     
     
     
    Detrás de la Noticia
    El Universal
     
    Jueves 17 de mayo de 2007
     

      Territorio comanche

    por Ricardo Rocha

    La historia y la leyenda se mezclan necesariamente cuando se trata de recordarlos. Lo que sí se sabe bien es que los comanches eran especialmente feroces en las batallas: peleaban siempre a muerte; no conocían el miedo; jamás se asustaban; siempre estaban al acecho, y por eso su territorio era impenetrable. Aparecían en todas partes y atacaban en cualquier momento. Aunque se sabían raza aparte y única, estaban divididos en 12 tribus que solían ser muy solidarias, aunque a veces peleaban fieramente entre ellas disputándose tierras y riquezas. Para darnos idea de su talante, baste recordar a algunos de sus jefes como Antílope Blanco o Lanza de Plumas. Aunque su insensatez también quedó plasmada en nombres tan locuaces como Cafetera Negra y Nariz Romana.

    El caso es que, a diferencia de otros grupos indios a los que el gobierno del Gran Jefe Blanco desactivó a base de inteligencia, a los comanches decidió enfrentarlos en su propio territorio. Incluso creó una fuerza especial para combatirlos: eran los llamados "comancheros", que por obvias razones debían ser todavía más feroces que sus antagonistas. Lo malo es que después de un tiempo los famosos "comancheros" terminaron corrompiéndose a favor de sus enemigos oficiales y escribiendo una página negra de lo que los anales históricos registran como la "Guerra de los Comanches".

    Un capítulo que viene necesariamente a la memoria en estos tiempos en que México entero es territorio comanche por obra y gracia de la iniciativa del gobierno federal conocida ya como la "guerra del narco". Y es que nunca como ahora la violencia derivada del crimen organizado ha alcanzado a tantos lugares del país. Las áreas de tráfico e influencia de los narcotraficantes cubren ahora todo el mapa. Y el catálogo de sangre se repite incesantemente cada día con variantes que no por sabidas dejan de horrorizarnos: cuerpos cocidos a balazos, decapitados a granel; cabezas rodantes; desaparecidos para siempre; levantados a toda hora y atentados criminales contra cada vez más personajes políticos y sociales.

    A propósito, se ha dicho hasta el cansancio que así tenía que ser. Que en el combate al narcotráfico no había de otra. Y ese es precisamente el punto de inflexión para millones de mexicanos que no discutimos el propósito sino el método. Porque nadie que tenga un mínimo de cordura podría cuestionar esta lucha. Pero todos tenemos derecho a poner en duda la eficacia de una estrategia altamente cuestionable.

    Y es que las preguntas abundan: ¿por qué la fuerza y no la inteligencia? ¿Por qué el Ejército y no las policías especializadas en el combate al narco? ¿Qué hacen ahora y qué harán los judiciales y expertos de la PGR, a los que se ha hecho a un lado? ¿Cuál es el papel de entidades específicas como el Cisen? ¿De verdad nadie sabe dónde están los capos de la droga y sus cómplices en el gobierno?

    ¿Por qué atacar los tentáculos y no las cabezas? ¿Vale la pena el desgaste brutal del Ejército mexicano para tan pobres resultados? ¿Por qué se ataca al crimen organizado y no a la inseguridad y violencia de la delincuencia común?

    Queremos suponer que en la mesa de Felipe Calderón hubo varios proyectos sustanciales: una gran estrategia contra la pobreza; una auténtica revolución educativa; el proyecto de proyectos para acabar con el desempleo y algunas otras alternativas. Sin embargo, en ese afán de legitimación obsesiva se optó por la de la "guerra del narco". Tal vez porque se trata de acciones espectaculares y mediáticamente muy notorias que mandan además el mensaje del poder de mando sobre el Ejército. Que no es poca cosa.

    Pero el riesgo ha sido gigantesco. Cada día crece la percepción de la militarización del país, que no es precisamente una imagen democrática. Pero, además, las quejas documentadas sobre abusos, atropellos y violaciones de la soldadesca en operativos y cateos ilegales configuran una ocupación territorial no sólo improductiva, sino injusta, abusiva y ofensiva. ¿Para eso sacaron a los soldados de sus cuarteles?

    Por cierto, la creación de una fuerza de élite para intervenir en acciones que "perturben la paz social" amenaza con criminalizar la protesta social. Otra mala noticia para este país.

    ddn_rocha@hotmail.com

    http://www.eluniversal.com.mx/columnas/vi_65240.html

    TRES JUEGOS TRES

    Tres recomendaciones de juegos "escape the room", traídos de gamershood:
     
    1. "O Cofre"
     
    Es un juego excelente!! sobretodo porque puedes optar a varios finales dependiendo de tus opciones durante el juego. No es una cacería de pixeles lo que para mi ya es un plus siempre. Los acertijos son lo suficientemente entretenidos sin que tengas que pasarte semanas intentanod resolverlos o tener que ir a una enciclopedia de cómo armar un robot en menos de cinco minutos con un manual en afgano (jaja). Buenas gráficas e historia. La producción es brasileña y está la opción de jugarlo en potugués o en inglés... la opción en castellano no está disponible.
     
     
    link desde gamershood: http://www.gamershood.com/flashgames/3196 en donde también encontrarán un foro de ayuda.
     
    2. "Let's  Escape"
     
    Muy buen juego! bastante entretenido y con buena navegación, auqnue la tab key resulta indispensablle para quienes no quieren cazar pixeles.Aunque está en japonés, no es indispensable entender el idioma para resolver el juego... eso si, siempre será más sencillo si entendemos lo que nos dicen!!  Vale la pena tomarse el tiempo y tal vez hacer alguna anotación... los acertijos tampoco son mjuy complicados, pero están divertidos... disfruten!!
     
     
    link desde gamershood (con forum): http://www.gamershood.com/flashgames/3258
     
    3. "Crazy doors of rainbow colors"
     
    Curiosito juego en donde los colores del arcoiris son los protagonistas. Concepto muy japo, muy agradable... cazar pixeles, eso si, pero está bien recompensado con los acertijos disfrutones que se van a encontrar.